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2004-10-28 Un accidente de trabajo con problemas legales
Determinar que un accidente de trabajo es la contingencia causante de la incapacidad de un trabajador permite, como es sabido, un cálculo mucho más generoso de la base reguladora de la prestación, al fijarse la misma en los salarios realmente percibidos en el año anterior al hecho causante, y no en las bases de cotización de un período superior.
Lo cierto es que muchos accidentes de trabajo, por leves que parezcan en su momento, aparecen como la causa remota de la dolencia que determina finalmente la concesión de una prestación de incapacidad permanente, impidiendo el trabajo. La determinación de este nexo, por lejano que sea, permite mejorar ampliamente la pensión a recibir, no sólo por el sistema de cálculo comentado en el párrafo anterior, sino también por el efecto de las revalorizaciones, que se aplican desde la fecha del accidente y no desde la fecha del inicio del pago de la prestación.
El asunto que ejemplifica esta situación es el siguiente: un empleado público en el año 1989 sufrió una lesión en la espalda con ocasión de sus labores de mantenimiento de vehículos. De dicha lesión fue atendido hospitalariamente siendo dado de alta el mismo día con tratamiento ambulatorio. Semanas más tarde, viendo que no mejoraba, se sometió a otras pruebas que determinaron que la lesión era una hernia discal, de la que fue intervenido. Tras ser dado de alta siguió trabajando durante años, produciéndose numerosos procesos de incapacidad temporal por dolencias en la espalda que nunca fueron calificadas como producidas por el trabajo. El año 2000, en el último proceso de baja médica, solicitó una prestación de incapacidad permanente, que fue concedida en grado de total, si bien el INSS consideró que derivaba de enfermedad común.
Interpuesta reclamación judicial contra ese pronunciamiento, se consiguió probar el nexo causal entre la lesión producida en el trabajo en el año 1989 y la hernia discal que autorizó la declaración de incapacidad permanente en el año 2000. El resultado fue que la pensión pública se incrementó prácticamente en un 75% respecto la cantidad inicialmente concedida.
Manel Hernàndez Montuenga
Abogado especialista en Derecho del Trabajo.
www.manelhernandez.com |
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